Laacción de cesación es una acción judicial especial al alcance de la Comunidad de propietarios frente a actividades molestas. Frente a coproprietarios u
Disponeexpresamente el artículo 7.2 de la LPH como presupuesto necesario que «El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales ElTribunal Supremo, en la sentencia que reproducimos a continuación, permite que cualquiera de los integrantes de la comunidad, ya sea hereditaria o postganancial, inste en beneficio de la comunidad la acción de desahucio por precario frente al cotitular que detenta la posesión de forma exclusiva. Sentencia del Tribunal Talesrequisitos de procedibilidad son: a) el requerimiento de inmediata cesación de la actividad bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales, hecho por el Presidente de la comunidad a quien realice la actividad; y b) el acuerdo de la Junta de propietarios, “debidamente convocada al efecto”, autorizando el ejercicio de la acción MALUSO DE ZONAS COMUNES. El uso de las zonas comunes de una Comunidad se encuentra recogido tanto en el Código Civil (artículo 394) como en la Ley de Propiedad Horizontal (artículo 7.2) y, en ambos casos, se recoge el derecho de los vecinos al uso y disfrute de las mismas, siempre y cuando no se realice un abuso ni negligencia
Fechade la resolución judicial: 17-12-1999Fallo o parte dispositiva de la resolución judicial: El Juzgado de Primera Instancia de Madrid, dictó Sentencia estimando la demanda interpuesta por D. Francisco contra la Comunidad de Propietarios, y en consecuencia condenó a la expresada demandada a realizar las obras de reparación
Perohay que recordar no solo, como hace la STS núm. 659/2013 de 19 febrero (RJ 2014\1135), “que es reiterada la jurisprudencia del mismo Tribunal Supremo esta Sala, que declara como doctrina jurisprudencial la necesidad de un previo acuerdo de la junta de propietarios que autorice expresamente al presidente de la comunidad para ejercitar gE7mswu.
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